EL GRUPO POPULAR PRESENTA EN EL PLENO DE JULIO UNA PROPOSICIÓN PARA EL APLAZAMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE LA COMUNICACIÓN TELEMÁTICA INMEDIATA DE LOS USUARIOS DE LOS ALBERGUES MUNICIPALES DE PEREGRINOS

D. Guzmán Gómez Alonso, Portavoz del Grupo Provincial Popular, al amparo de lo dispuesto en el artículo 66 del Reglamento Orgánico de la Diputación Provincial de Valladolid, presenta, para su inclusión en el orden del día del pleno corporativo a celebrar el próximo día 26 de julio de 2024, la siguiente PROPOSICIÓN:

POR EL APLAZAMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE LA COMUNICACIÓN TELEMÁTICA INMEDIATA DE LOS USUARIOS DE LOS ALBERGUES DE PEREGRINOS

El Camino de Santiago es un itinerario plagado de arte y cultura a través del cual miles de peregrinos repiten la tradición de aquellos primeros caminantes que a principios del siglo IX se dirigían a Galicia para contemplar el sepulcro del Apóstol Santiago. Aunque la ruta más seguida sea el Camino Francés, los peregrinos han trazado sus propias rutas, y por ello hay varios caminos que nos llevan a Santiago.

Por la provincia de Valladolid transitan tres vías de peregrinación a Santiago de Compostela donde conviven paisaje, arte, historia y cultura. Quienes recorren el centro peninsular en su camino a Santiago desde Madrid, Levante o el Sureste, por lo que son muchos los municipios de la provincia por los que trascurre algún tramo de dichos caminos.

En 2022 entró en vigor el Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor, que actualizaba la normativa vigente, en concreto el Decreto 1513/1959, de 18 de agosto, en relación con los documentos que deben llevar los establecimientos de hostelería referentes a la entrada de viajeros, y sus normas de desarrollo, entre las que destaca la Orden INT/1922/2003, de 3 de julio.

En el citado Real Decreto 933/2021 se indica que las previsiones relativas a las obligaciones de comunicación producirán efectos a partir del 2 de enero de 2023.

Por otro lado, se indica que las comunicaciones previstas en este artículo se realizarán por procedimientos telemáticos, quedando exceptuados los sujetos obligados que desarrollen actividades de hospedaje de manera no profesional, que podrán realizarlas por medios no telemáticos, por el procedimiento que se determine.

Hasta ahora, los ayuntamientos con albergue realizaban un registro en formato papel, que era consultado y recogido por la Guardia Civil cuando ésta consideraba, pero los alcaldes están recibiendo la instrucción por parte de la Guardia Civil de que esta comunicación debe realizarse de manera inmediata, y en todo caso en un plazo no superior a 24 horas, desde la entrada del peregrino.

Los albergues municipales tienen una tasa simbólica, y el costo del mantenimiento, suministro y limpieza del albergue, en ningún caso, queda cubierto por la misma. A esto habría que añadir ahora la disponibilidad de una persona de lunes a domingo para realizar esa comunicación, además de los medios telemáticos necesarios. 

Por todo lo anterior, se somete a la consideración del Pleno la aprobación del siguiente ACUERDO:

Instar al Gobierno de España a posponer la entrada en vigor de la obligación de realización de comunicaciones telemáticas de manera inmediata de los usuarios de los albergues municipales, y en todo caso, a subvencionar a los ayuntamientos para sufragar el coste de asumir estas comunicaciones.

En Valladolid, a 23 de julio de 2024

Fdo.: Guzmán Gómez Alonso
PORTAVOZ DEL GRUPO PROVINCIAL POPULAR




Resultado de la votación de la proposición en el Pleno de 26 de junio de 2024: